Es una pregunta que tengo desde hace años. Algo que nos hacen en muchos sitios, desde las tarifas de Telefónica, aulas de universidad, tiendas de deporte y hasta cuando vamos —aunque sea en persona— a cualquier tienda de informática [memorias Flash en Optize]. Menos mal que en los supermercados, fruterías y carnicerías el precio que vemos si incluye IVA.
¿Qué sentido tiene esta práctica? Hay quien dice que es mejor para comparar precios entre distintos países, por lo de que en cada país el IVA no es el mismo, como por ejemplo si comparamos las tarifas de telefonía móvil con la de nuestros países vecinos. ¿Y aún y con eso? A los clientes nos interesa conocer el precio real de lo que estamos pensando en comprar. Sin el IVA, como una vez me respondió tras preguntarle a uno que me decía todos los precios sin IVA, no nos pueden vender. Bueno, quizás el tabaco de contrabando, aunque ese llevará otros impuestos. O quizás es que lo hacen para que así en el momento de escuchar y/o leer los precios pensemos… «anda, que tienda tan barata, por este precio me llevo el mejor modelo que tienen de tal cosa», pero tampoco tiene sentido porque en el momento de pagar van a pedir el dinero con impuestos incluidos. O lo mismo es por pereza, porque eso de tener que almacenar los precios de los artículos que venden con el IVA incluido es una tarea muy compleja, necesitarían a los más prestigiosos matemáticos y economistas para hacer semejante cálculo.
Para quien se compre las cosas desgrabándoselas pues tira que tira, por si le gusta saber en un futuro el coste que le va a haber supuesto realmente esa compra una vez Hacienda le devuelva el IVA, pero para el ciudadano de apié que compra para el hogar veo una idiotez el informar de los precios sin el impuesto.
ACTUALIZACIÓN: Santiago informa en un comentario de la legislación al respecto que obliga a la información del precio con los impuestos incluidos.
La verdad es que yo tampoco lo entiendo, por un lado, pueden decir y del resto habla con el Gobierno que yo no tengo nada que ver, pero creo que a la hora de verdad, es un simple engaño para que lo veamos barato y compremos más
Yo tambien hace tiempo que estoy indignado por esto. Es un engaño permitido por el gobierno para disfrazar precios. Hay paises en los que no es legal. Muchos restaurantes y comercios en sus listas de precios tienes que hacer mil y un calculos para saber el precio real: Un ENGAÑO permitido.
Es obligatorio por ley incluir el IVA en los precios, así como cualquier tipo de impuesto (ver apartado 2.b) ):
Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias:
Artículo 60. Información previa al contrato.
1. Antes de contratar, el empresario deberá poner a disposición del consumidor y usuario de forma clara, comprensible y adaptada a las circunstancias la información relevante, veraz y suficiente sobre las características esenciales del contrato, en particular sobre sus condiciones jurídicas y económicas, y de los bienes o servicios objeto del mismo.
2. A tales efectos serán relevantes las obligaciones de información sobre los bienes o servicios establecidas en esta norma y normas que resulten de aplicación y, además:
a) Nombre, razón social y domicilio completo del responsable de la oferta contractual y, en su caso, el nombre, razón social y la dirección completa del comerciante por cuya cuenta actúa.
b) Precio completo, incluidos los impuestos, o presupuesto, en su caso. En toda información al consumidor sobre el precio de los bienes o servicios, incluida la publicidad, se informará del precio final completo, desglosando, en su caso, el importe de los incrementos o descuentos que sean de aplicación, de los gastos que se repercutan al consumidor y usuario y de los gastos adicionales por servicios accesorios, financiación u otras condiciones de pago similares.
c) Fecha de entrega, ejecución del contrato y duración.
d) Procedimiento de que dispone el consumidor para poner fin al contrato.
e) Garantías ofrecidas.
f) Lengua o lenguas en las que podrá formalizarse el contrato, cuando ésta no sea la lengua en la que se le ha ofrecido la información previa a la contratación.
g) Existencia del derecho de desistimiento del contrato que pueda corresponder al consumidor y usuario, el plazo y la forma de ejercitarlo.
3. La información precontractual debe facilitarse al consumidor de forma gratuita.
¡Muchas gracias por la información! Voy a incluirla en el texto
Santiago, perdona que te contradiga pero no es exacto lo que dices. Si yo vivo en Canarias no pago IVA
El punto 2b o punto 4 de la segunda página de la LSSI ) dice que se ha de indicar si los precios incluyen los impuestos o no los incluye, no que haya que cobrarlo en todo momento incluso a quien está exento de pagarlo. Y por impuestos de incluyen todos, no solo el IVA, tambien se ha de incluir, en el caso de que corresponda, el recargo de equivalencia (RE) e impuestos locales como los de Baleares o ecotasa
Buena información sobre términos legales sobre mostrar el iva, era lo que andaba buscando, gracias, 1saludo.