Con la última reforma del Código Penal se han llevado a cabo algunos cambios bastante curiosos y que traerán cola. Sin embargo casi ningún medio de comunicación los ha mencionado. Quizás porque vende más tratar asesinatos, políticos corruptos y demás temas de moda. A mi en especial me han llamado la atención dos aspectos: responsabilidad penal para las empresas y pulseras para terroristas y acosadores.
En lo referente a la responsabilidad penal para las empresas no habría mucho que decir si no fuera porque de ella quedan exentos los partidos políticos, sindicatos y empresas públicas. Que si el administrador de la empresa amigos asociados y en benefinicio de la misma comete un delito, la empresa puede llegar a tener que responder de manera penal, además de civil. Pero que si esto lo cometen unos sindicalistas con el presunto aliento y beneplácito del sindicato, sólo podrán responder ellos por la vía penal, pero al sindicato sólo se le buscará por la vía civil. Y lo mismo si son políticos o un trabajador de Correos o alguna otra empresa pública que aún quede. Siempre y cuando, insisto, si con ello se beneficia a la empresa/organización y se cuenta con su apoyo. Pero no deja de ser un agravio comparativo para el resto de los currantes de España.
La continuación de la expansión de las pulseras telemáticas es otro cantar […] (continuar leyendo)